Moldes 800 |ALT2254
Principal
Precio: | U$S 1.500 |
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Operacion: | Alquiler |
Tipo: | Departamento |
Barrio: | Colegiales |
Baños: | 2 |
Ambientes: | 3 |
Dormitorios: | 2 |
Estado: | Excelente |
Orientación: | Norte |
Cocheras: | 1 |
Disposición: | Contrafrente |
Sup. Propia: | 79,00 m2 |
A ESTRENAR. Edificio de categoria con amenites, pileta, solarium, laundry, SUM, coworking, bicicletero, vigilancia. Excelente ubicación en Distrito Colegiales a metros de Av Federico Lacroze, tres cuadras de Av Cabildo, con comercios variados rubros y medios de transporte con amplia conectividad. El departamento cuenta con un amplio Estar comedor con cocina integrada a gran balcón con vista abierta, dos dormitorios uno en suite mas otro baño completo para el segundo dormitorio, cochera. Amplios placares. Conexión para lavarropas y lavavajillas. El edificio cuenta con accesibilidad para personas con movilidad reducida -Ley 5115. Claudio J. García Alvarenga. Matrícula N°3738 CUCICBA. LEY 5859 – ART. 5 “Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”
Caracteristica
- A Estrenar
- Cochera
Detalle
- Agua caliente: Central
- Aire Acondicionado: si
- Ascensor: 3
- Balcón: si
- Calefacción: Aire Acondicionado
- Cantidad Pisos: 12
- Cochera: si
- Dormitorio: 3,60x3
- Dormitorio: 3,25x2,80
- Entrada: Excelente
- Expensas: 330 mil aprox
- Living: 7,20x305
- Palier: Comun
- Pileta: Si
- Tipo Pisos: Flotante
Mapa

Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666). Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.