Moldes 800 |ALT2254

Principal

Precio: U$S 1.500
Operacion: Alquiler
Tipo: Departamento
Barrio: Colegiales
Baños: 2
Ambientes: 3
Dormitorios: 2
Estado: Excelente
Orientación: Norte
Cocheras: 1
Disposición: Contrafrente
Sup. Propia: 79,00 m2

A ESTRENAR. Edificio de categoria con amenites, pileta, solarium, laundry, SUM, coworking, bicicletero, vigilancia. Excelente ubicación en Distrito Colegiales a metros de Av Federico Lacroze, tres cuadras de Av Cabildo, con comercios variados rubros y medios de transporte con amplia conectividad. El departamento cuenta con un amplio Estar comedor con cocina integrada a gran balcón con vista abierta, dos dormitorios uno en suite mas otro baño completo para el segundo dormitorio, cochera. Amplios placares. Conexión para lavarropas y lavavajillas. El edificio cuenta con accesibilidad para personas con movilidad reducida -Ley 5115. Claudio J. García Alvarenga. Matrícula N°3738 CUCICBA. LEY 5859 – ART. 5 “Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”

Caracteristica

  • A Estrenar
  • Cochera

Detalle

  • Agua caliente: Central
  • Aire Acondicionado: si
  • Ascensor: 3
  • Balcón: si
  • Calefacción: Aire Acondicionado
  • Cantidad Pisos: 12
  • Cochera: si
  • Dormitorio: 3,60x3
  • Dormitorio: 3,25x2,80
  • Entrada: Excelente
  • Expensas: 330 mil aprox
  • Living: 7,20x305
  • Palier: Comun
  • Pileta: Si
  • Tipo Pisos: Flotante

Mapa

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Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666). Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.