Av Pueyrredon 1700 |ALT2451

Principal

Precio: $ 1.550.000
Operacion: Alquiler
Tipo: Departamento
Barrio: Recoleta
Antigüedad: 10 años
Baños: 2
Ambientes: 2
Dormitorios: 1
Estado: Excelente
Orientación: Norte
Cocheras: 1
Disposición: Frente
Sup. Propia: 60,27 m2
Sup. Cubierta: 47,51 m2
Sup. Balcón: 5,55 m2
Movilidad Reducida:

Excelente ubicacion, amplia conectividad, comercios de todo tipo. Edificio full amenities, Piscina en terraza con solarium, SUM, Gimnacio, Sauna. Departamento de dos ambientes con BALCON ATERRAZADO CON PARRILLA, sol, luz, Estar comedor con cocina integrada a balcon, dormitorio en suite con ba;a completo y toliette. IMPECABLE. Cochera fija y baulera! Alquiler mas gastos, expensas, ABL, servicios. Todas las medidas son aproximadas El edificio cuenta con accesibilidad para personas con movilidad reducida-Ley 5115 - Claudio J. García Alvarenga. Matrícula N°3738 CUCICBA LEY 5859 – ART. 5 “Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler devivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”

Caracteristica

  • Cochera
  • Balcón

Detalle

  • Agua caliente: central
  • Aire Acondicionado: dos
  • Balcón: terraza
  • Baños: Completo
  • Baulera: si
  • Calefacción: Central por losa
  • Cantidad Pisos: 14
  • Cochera: Fija 54
  • Cocina: integrada
  • Deptos. por Piso: 5
  • Dormitorio: 3x3
  • Expensas: 350.500
  • Living: 5x3,20
  • Palier: Comun
  • Parrilla: si
  • Pileta: si
  • Tipo Pisos: Flotante
  • Toilette: si

Mapa

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Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666). Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.